En un entorno donde las reclamaciones por vulneración de derechos fundamentales crecen cada año, la garantía de indemnidad se ha consolidado como una de las figuras más relevantes del Derecho Laboral.
Así lo explican Juan Antonio Linares Polaino y Noé Fau Marco, socio y abogado del área laboral, para la revista Capital Humano: “la garantía de indemnidad actúa como un escudo frente a cualquier represalia empresarial derivada del ejercicio legítimo de los derechos laborales, protegiendo no solo al trabajador que reclama, sino también a su entorno más cercano cuando existe vínculo laboral en la misma empresa”.
Nuestros expertos destacan que, hasta hace poco, esta dependía de la jurisprudencia, pero la Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de Defensa, ha supuesto un punto de inflexión al reconocerla expresamente por primera vez en el ordenamiento jurídico español: "el legislador ha querido blindar mediante norma con rango de Ley Orgánica el derecho de los trabajadores a no recibir consecuencias desfavorables por ejercer sus derechos”.
En su análisis, Linares y Fau explican que la ley amplía el alcance de la protección, extendiéndola incluso a cónyuges, parejas de hecho y familiares hasta el segundo grado que trabajen en la misma empresa: “este avance refleja una visión más amplia de la tutela frente a las represalias laborales, reconociendo que el entorno familiar también puede verse afectado por decisiones empresariales vinculadas a una reclamación”.
Respecto a la aplicación práctica, nuestros abogados advierten de la importancia de actuar con previsión y prudencia: “las empresas deben revisar sus procesos internos y documentar cuidadosamente las decisiones que afecten a empleados que hayan formulado quejas o reclamaciones, para evitar que puedan interpretarse como represalias”.
Finalmente, concluyen que “el reconocimiento legal de la garantía de indemnidad refuerza el equilibrio en las relaciones laborales y obliga a las organizaciones a integrar la prevención jurídica como parte de su gestión diaria”.
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