La adopción de servicios en la nube y el uso de inteligencia artificial ya forman parte del día a día de muchas empresas, pero no siempre vienen acompañados de una reflexión jurídica adecuada.
Tal y como detallan Ramón Mesonero-Romanos e Ingrid González, socio y abogada del área de derecho digital, para Expansión: “la rapidez, la eficiencia y el ahorro de costes están empujando decisiones que, si no se acompañan de un buen blindaje legal, pueden traducirse en sanciones, interrupciones o pérdida de activos intangibles".
Uno de los focos más sensibles está en los contratos cloud. “La llamada responsabilidad compartida debe concretarse en cláusulas medibles. No basta con aceptarla como un principio genérico: hay que establecer qué hace cada parte, con qué garantías y qué consecuencias hay si algo falla”, advierten nuestros expertos. También recuerdan la importancia de revisar aspectos como la ubicación de los datos, la cadena de subencargados, las medidas técnicas exigibles y los mecanismos de auditoría: “la letra del contrato marca la diferencia cuando ocurre un incidente de seguridad”.
Sobre propiedad intelectual, subrayan que alojar modelos, bases de datos o software en la nube no implica ceder derechos. Ambos explican que “ciertas cláusulas estándar pueden diluir la titularidad sin que nadie lo advierta. Es clave definir licencias, usos permitidos y un plan de salida claro que garantice la portabilidad”.
En cuanto a la IA generativa, nuestros abogados señalan que los retos aumentan: “los outputs no siempre están protegidos por derechos de autor y los datasets de entrenamiento requieren un análisis legal riguroso. No todo lo que se entrena o genera es legalmente neutro”. Por eso, concluyen que “innovar sin base jurídica ya no es un riesgo teórico: es una amenaza real para la continuidad del negocio”.
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